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Escuela Taller Nuevas Tecnologias La Matanza de Acentejo

Etiqueta energética, también para los edificios existentes (II)

El procedimiento de certificación de eficiencia energética de edificios existentes debe tener en cuenta otras disposiciones que se han aprobado recientemente. Entre ellas se encuentra la obligación de realizar una inspección periódica de eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios, tal como exige el nuevo Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), con la evaluación del rendimiento energético de los generadores de calor y frío y de la instalación térmica completa, que debe incluir una propuesta de medidas encaminadas a la mejora de la eficiencia energética de la instalación.

Será necesario llevar a cabo una tarea de armonización técnica, entre las inspección periódica de eficiencia energética y la certificación energética de edificios, para que los edificios existentes no se vean envueltos en una dinámica que obligue a repetir la misma tarea en momentos diferentes, conduciendo esta multiplicidad de tareas a costes innecesarios e incluso, eventualmente, a resultados contradictorios.

Será de aplicación a todos los edificios existentes que no dispongan de un certificado de eficiencia energética salvo aquellos tipos de edificios que la disposición excluya, como por ejemplo, los edificios que se compren para su demolición.

El propietario del edificio será responsable de:

  • Encargar la realización de la certificación energética del edificio, en los casos en que la disposición así lo exija.
  • Conservar la documentación correspondiente.

El certificado de eficiencia energética dará información exclusivamente sobre la eficiencia energética del edificio y no supone en ningún caso la acreditación del cumplimiento de ningún otro requisito exigible al edificio.

El certificado de eficiencia energética del edificio existente contendrá, entre otros, lo siguiente:

  • La calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.
  • Un documento conteniendo un listado con un número suficiente de medidas, recomendadas por el técnico certificador, clasificadas en función de su viabilidad técnica, funcional y económica, así como por su repercusión energética, que permitan, en el caso de que el propietario del edificio decida acometer voluntariamente esas medidas, que la calificación energética obtenida mejore como mínimo un nivel en la escala de calificación energética, si la calificación de partida fuera la B, o dos niveles, si la calificación de partida fuera C, D, E, F ó G.

El certificado de eficiencia energética será suscrito por técnicos que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, elegidos libremente por la propiedad del edificio.

El certificado de eficiencia energética debe presentarse, por el propietario del edificio, al órgano competente de la Comunidad Autónoma, para su registro.

Se prevé la posibilidad de que se establezca un Control Externo e incluso Inspección del certificado de eficiencia energética para edificios existentes, tal y como sucede con el certificado de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.

El certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años. El propietario del edificio es responsable de la renovación o actualización del certificado de eficiencia energética.

El propietario podrá proceder voluntariamente a su actualización, cuando considere que existen variaciones en aspectos del edificio que puedan modificar el certificado de eficiencia energética. Todos los edificios de titularidad pública o privada que presten servicios públicos (cuyos uso sean: administrativo, sanitario, docente, comercial, cultural, residencial público y de transporte de personas) a un número importante de personas y que, por consiguiente, sean frecuentados habitualmente por ellas, con una superficie útil total superior a 1.000 m2, exhibirán de forma obligatoria, en lugar destacado y claramente visible por el público, la etiqueta de eficiencia energética.

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